Mercados de carbono en la COP29: decisión llega antes de que Ecuador aclare su aplicación frente a los derechos constitucionales de la naturaleza

En la COP29 se aprobaron las metodologías para el mercado regulado bajo el Artículo 6.4 del Acuerdo de París, pero su aplicación en Ecuador causa dudas.

Las finanzas han sido el centro de atención de la 29ª Conferencia de las Partes de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (COP29), que se desarrolla en Bakú, Azerbaiyán. Aunque desde el inicio los ojos estaban puestos en alcanzar una nueva meta de financiamiento, para que los países desarrollados aporten con el cumplimiento de las metas de los países en desarrollo, hasta finales de la segunda semana no hay definiciones. 

Por lo mismo, hasta el momento son los mercados de carbono el principal resultado de la COP29, un tema incluido en el Acuerdo de París de 2015 sobre el cual los países aprobaron las metodologías para que empiece a funcionar.  

“Fue emocionante y optimista cuando se adoptaron las metodologías para 6,4. A Panamá le parece inaudito que llevamos 10 años negociando y hablando del artículo 6 del Acuerdo de París, que se adopta en 2015 y entra en vigor en 2016, y todavía no se haya llegado a definiciones”, decía Juan Carlos Monterrey,  jefe de la delegación de Panamá, a Climate Tracker.

El artículo 6.4 se refiere a lo que se conoce como mercados de carbono, en el que países y empresas pueden comprar “créditos de carbono” en un mercado internacional, que ahora funcionará bajo reglas y será operado por las Naciones Unidas. Esos créditos son generados por la conservación en distintas zonas del planeta. Al proteger un determinado ecosistema un país puede vender los créditos, mientras que otros pueden comprarlos para compensar sus emisiones.

Sus implicaciones se han abordado en la COP29 en ruedas de prensa, eventos paralelos, conversaciones informales en el pasillo e, incluso, en las protestas que se llevaron a cabo en el predio. Para algunos, el mercado representa un gran potencial, para otros es solo un distractor y para colectivos ambientalistas es una “falsa solución”. A estas diferentes posturas, se suman otras inquietudes: las legislaciones locales. 

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Durante las dos semanas de la COP29 se han realizado eventos par alelos para explicar los beneficios del mercado de carbono para zonas biodiversas. Foto: Isabel Alarcón

La aplicación en Ecuador es uno de los casos más emblemáticos en América Latina.  Hay diversas interpretaciones sobre cómo los mercados van a operar en el país. Eso porque su constitución actual no permite la apropiación de servicios ambientales. La Constitución de Ecuador reconoce los derechos de la naturaleza y, como parte de este reconocimiento, en el artículo 74 se establece que “los servicios ambientales no serán susceptibles de apropiación; su producción, prestación, uso y aprovechamiento serán regulados por el Estado”. 

Otros instrumentos legales, como el Reglamento al Código Orgánico del Ambiente, también se refieren a las limitaciones. En el artículo 730, en el que se menciona a las reglas para aplicar esquemas de compensación, establece que “la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero derivadas de los servicios ambientales, no podrán ser enajenadas o comercializadas acorde a lo establecido por la Constitución y el Código Orgánico del Ambiente”. 

Por otro lado, se añade que “las reducciones de emisiones de gases de efecto invernadero no derivadas de servicios ambientales o resultantes del uso de tecnologías ambientalmente limpias podrán ser enajenadas, comercializadas o compensadas, bajo las regulaciones expedidas por la Autoridad Ambiental Nacional”.

La delegación de Ecuador se posicionó sobre el tema. “Nosotros tenemos una particularidad en nuestra Constitución sobre los derechos de la naturaleza y defendemos la posición de que no deben estar relacionados con una transacción, sino más bien, como son enfoques colaborativos, deberían estar enfocados en conseguir las emisiones y las metas climáticas y no establecerlo como un simple mercado donde haya una transacción”, explican. 

Pero, a pesar de las reservas, la delegación dijo que busca apoyo para aplicarlo en el país. “Son nuevos y necesitamos que la Convención genere un especie de manual donde podamos fortalecer capacidades y poder aplicarlo”, aclaran.

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Durante las protestas que se realizaron en el predio de la COP29, los activistas rechazaron la inclusión de los mercados de carbono como parte de la lucha contra el cambio climático. Foto: Isabel Alarcón

Ecuador y sus interpretaciones

La frase que se encuentra en la Constitución ha sido considerada como un impedimento para ingresar en el mercado de carbono. Por eso, en el 2023 se realizó un referéndum en el que se consultó a la población si estaba de acuerdo en reformar el artículo 74. 

“¿Está usted de acuerdo con que las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades, puedan ser beneficiarios de compensaciones debidamente regularizadas por el Estado, por su apoyo a la generación de servicios ambientales, enmendando la Constitución de acuerdo con el Anexo 8?”, decía la pregunta que finalmente no fue apoyada por los ecuatorianos. 

Karina Barrera, directora ejecutiva del Centro del Pensamiento del Futuro y ex secretaria de Cambio Climático del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica (MAATE), explica que esto ha generado varias interpretaciones. Ante las dudas que causó esta pregunta, en el momento del referendo, la Corte Constitucional  respondió que no era necesario modificar lo que establecía la Constitución para acceder a los mercados de carbono. 

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Los mercados de carbono han sido señalados como “falsas soluciones” durante la COP29, en Bakú, Azerbaiyán. Foto: Isabel Alarcón

Sin embargo, para aclarar el tema, en 2023 el MAATE emitió el Acuerdo 053, que corresponde a la Norma Técnica sobre el esquema de compensación de emisiones de gases de efecto invernadero del Ecuador. Pero en la norma se habla de “compensación”, y no de “mercados de carbono”. Con todo eso, el tema sigue generando dudas. 

Para Barrera, la operacionalización del artículo 6 es un empuje para lo que aún falta definir y aclarar en temas legales. 

“La Constitución no es una traba para esto”, afirma. “Creo que ha habido a lo largo del tiempo varias interpretaciones más que otra cosa. Hay otro tipo de proyectos que no tienen ninguna relación con los servicios ambientales”, dice Barrera. Para ella, “el problema fue de las regulaciones que se fueron creando en el camino”, como el Reglamento a la Ley Orgánica del Ambiente. 

Frente a la decisión en la COP, Barrera cree que es el momento de discutir con diferentes actores qué es lo que hace falta para poder cumplir con el artículo 6. “Hay que tener una visión nacional, que no solo beneficie a los pueblos indígenas o solo a los privados”, opina. 

Ecuador ya cuenta con mecanismos como REDD+ nacional (sigla para Reducción de Emisiones por Deforestación y Degradación de los bosques, además de conservación, manejo sostenible de los bosques y aumento de las reservas de carbono forestal) y el Gobierno continúa trabajando en un esquema de compensaciones que servirá para que las empresas locales compensen y neutralicen su huella de carbono. 

Ivonne Yánez, representante de la fundación Acción Ecológica, lamentó la decisión en la COP29, opinando que los mercados de carbono no son la solución que se necesita en la acción climática. Pero comenta que, ya que se tomó la decisión de operacionalizar los mercados, hay que regularizar la situación en el país. “En el caso de Ecuador, se necesita una ley para que el recurso estratégico no sea aprovechado por los mercaderes del carbono y el Estado pueda hacer su contabilidad y cumplir con sus metas”. 

Bonos para una región megadiversa

Durante la COP29 se han debatido algunos aspectos para la operacionalización de este artículo, especialmente el 6.2 y 6.4. A través de estas discusiones se están definiendo aspectos como el momento en el que los países deben emitir sus autorizaciones y los elementos que deben incluirse en las cartas de autorización. 

Sebastián Lema, director de Mercados de Carbono del Center For Clean Air Policy, explica que estas conversaciones son importantes en este momento, en el que hay una crisis frente a los mercados voluntarios de carbono. Además, explica que este debate tiene especial relevancia para América Latina porque alberga zonas vulnerables como la Amazonía y este mercado puede tener un potencial para frenar amenazas como la deforestación.

En el estudio “Progress Report on the Operationalization of Article 6 in Latin America”, presentado por el Center For Clean Air Policy en la COP29 y el Centro de Colaboración Regional para América Latina (RCC América Latina) de ONU Cambio Climático, se analiza la situación de 17 países ante la implementación de los mercados de carbono. 

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Durante la COP29, se han discutido los impactos del artículo 6 en los bosques y zonas con gran biodiversidad como la Amazonía. Foto: Isabel Alarcón

Se recomienda a los países designar autoridades nacionales, establecer marcos para la autorización de uso de los Resultados de Mitigación Internacionalmente Transferidos (ITMO) y crear o acceder a registros para el seguimiento de estos. 

Entre los principales retos que tienen los países de América Latina para la implementación del artículo 6 se encuentran aspectos como la falta de regulaciones y personal capacitado en el tema, la confusión sobre las implicaciones prácticas de estas medidas en el país y la incorporación de criterios relacionados a salvaguardas. 

¿Nueva esperanza para Yasuní?

A pesar de que no está de acuerdo con los mecanismos de mercado de carbono en general, Yánez explica que Ecuador pudo aprovechar las discusiones en torno al artículo 6 para llevar el caso del Parque Nacional Yasuní, que ya fue una idea que no funcionó en el pasado. 

Entre el 2007 y 2013 el gobierno de Rafael Correa lanzó la iniciativa Yasuní ITT que en su momento buscaba mantener 846 millones de barriles de petróleo bajo tierra a cambio del aporte económico de la comunidad internacional. En ese momento se promovía que se evitaría la emisión de 407 millones de toneladas de CO2 en la atmósfera. Esta propuesta finalmente no logró prosperar y se dio paso a la explotación en el bloque 43 del Parque Nacional Yasuní. 

En 2023, mediante una Consulta Popular, el 60% de ecuatorianos votaron para detener la explotación en esta zona. Ahora los pueblos y nacionalidades indígenas están liderando nuevas propuestas para recaudar fondos para la conservación de este Parque Nacional, considerado uno de los puntos más biodiversos del planeta. 

Juan Carlos Jintiach, líder indígena y secretario ejecutivo del Global Alliance of Territorial Communities,  explica que actualmente no hay una posición general de los pueblos indígenas sobre el mercado de carbono, pero se espera que las comunidades locales reciban los beneficios, que actualmente no reciben. 

“Si hay un pueblo indigena que tomó una decisión fuerte para no explotar, necesita entender cómo jugar con servicios ambientales, pero hay que darle el acompañamiento técnico y debe existir la política pública para que lo pueda hacer, y no entrar en las trampas de mercaderes o intermediarios”, dice el líder ecuatoriano, que espera de mayor claridad en cuánto a la aplicación en Ecuador. 

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